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miércoles, 5 de noviembre de 2014

TC declara la inconstitucionalidad del Instrumento de Aceptación de la Competencia de la CIDH

SANTO DOMINGO, RD, 5 de Noviembre de 2014.- El Tribunal Constitucional declaró ayer la inconstitucionalidad del Instrumento de Aceptación de la Competencia de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH) suscrito el 19 de febrero de 1999, por lo que desvinculó al país de las decisiones de ese organismo regional.

La Corte Constitucional consideró que ese acto jurídico es inconstitucional porque no fue sometido a la verificación del Congreso Nacional como dispone el artículo 55.6 de la Constitución de 2002, cuya norma aplicó para decidir una acción de inconstitucionalidad sometida por un grupo de jurista en el 2005, por ante la Suprema Corte de Justicia (SCJ).
Señaló que para ser vinculante al Estado dominicano, la aceptación de la competencia de la Corte IDH debió haber cumplido los requerimientos del artículo 37 numeral 14 de la Constitución de 2002, que facultan al Congreso a "aprobar o desaprobar los tratados y convenciones internacionales que celebre el Poder Ejecutivo".
El TC entendió que ese requisito debió cumplirse, "sobre todo, en razón de que dicha aceptación transfiere competencias jurisdiccionales que podrían lesionar la soberanía nacional, el principio de la separación de los poderes, y el de no intervención en los asuntos internos del país, normas invariables de la política internacional dominicana".
Precisó que los principios enunciados no son exclusivos del Estado dominicano, sino que forman parte del Derecho Constitucional Comparado, donde se asume que la aprobación de cualquier instrumento internacional que no sea un tratado debe ser sometido al régimen de ratificación congresual, porque comprometen internacionalmente al Estado.
En ese sentido, citó jurisprudencia del Tribunal Constitucional de Colombia.
El TC reconoció potestad al Estado dominicano de adherirse a cualquier instrumento de cooperación, de integración regional, o de protección de los derechos fundamentales, respetando los debidos procedimientos constitucionales.
"Este colegiado comparte los postulados, principios, normas, valores y derechos de la Convención Americana de Derechos Humanos, que seguirán siendo normalmente aplicados, respetados y tomados en consideración por nuestra jurisdicción".
El acto jurídico que fue impugnado ante el TC establece que "El Gobierno de la República Dominicana por medio del presente instrumento, declara que reconoce como obligatoria de pleno derecho y sin convención especial la competencia de la Corte IDH sobre todos los casos relativos a la interpretación o aplicación de la Convención Interamericana sobre Derechos Humanos, del 22 de noviembre de 1969".
El TC declaró la inconstitucionalidad mediante la sentencia 256/14, divulgada ayer, cuya decisión fue adoptada por la mayoría requerida y con la disidencia de los jueces Ana Isabel Bonilla Hernández, Hermógenes Acosta de los Santos y Katia Miguelina Jiménez.
El TC estableció que las decisiones del organismo regional no son vinculantes y que el país no está obligado a acatarlas porque carecen de legalidad al no ser aprobadas por el Poder Legislativo.

El instrumento fue firmado por el presidente de entonces, Leonel Fernández, pero los accionantes argumentaron que el acto por el que se reconoció la competencia de la CIDH viola los artículos 37 (inciso 14), 55 (inciso 6), 46, 99, 3 y 4 de la Constitución vigente cuando se introdujo el recurso, que era la del año 2002.

En virtud de la sentencia TC/0256/14, la alta corte indicó que tomó la medida en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales.

El recurso que derivó en la referida sentencia fue depositado el 25 de noviembre del 2005 por un grupo de abogados y ciudadanos que demandaron en declaratoria de inconstitucionalidad la referida comunicación del ex presidente Fernández con la cual el país se adhirió a la CIDH, que es una dependencia de la Organización de Estados Americanos (OEA).

Entre otros accionantes se están Juan Manuel Rosario, Pelegrín Castillo Semán, Pedro Manuel Casals Victoria, Juan Miguel Castillo Pantaleón, Mario Bonetti, Leila A. Roldán, yNelys María del Orbe Pérez.

El recurso quedó pendiente de fallo por la Suprema Corte de Justicia, la cual, a partir de la proclamación de la Constitución del 26 de enero del 2010 perdió la facultad para conocer los recursos de inconstitucionalidad, cuya atribución pasó al Tribunal Constitucional.

El punto detonante

Aunque el recurso de inconstitucionalidad había sido depositado en el año 2005, el fallo del Tribunal Constitucional se produjo en momentos en que el Gobierno rechazó la sentencia emitida por la CIDH por supuestas violaciones a inmigrantes haitianos y dominicanos de ascendencia haitiana.

El fallo fue conocido en el país el pasado miércoles 22 de octubre y aunque los casos que citó la CIDH para tomar su decisión ocurrieron entre los años 1999-2000, el tribunal regional pidió la anulación de la sentencia del Tribunal Constitucional y la Ley 169-14 sobre Naturalización, que fueron emitidas en los años 2013 y 2014, respectivamente.

También ordenó modificar la Constitución de la República para variar las condiciones bajo las cuales las personas descendientes de extranjeros indocumentados nacidas en el país pueden adquirir la nacionalidad dominicana.

La decisión que provocó un rechazo casi generalizado ordena a las autoridades dominicanas "adopten las medidas necesarias para dejar sin efecto toda norma de cualquier naturaleza, sea esta constitucional, legal, reglamentaria, administrativa, o de cualquier práctica, o de decisión, o interpretación, que establezca o tenga por efecto que la estancia irregular de los padres de extranjeros motive la negación de la nacionalidad dominicana a las niñas, y niños nacidos en el territorio de República Dominicana".


Cancillería acatará el fallo del TC

El canciller Andrés Navarro reiteró que el Gobierno acatará la sentencia 256-14 y todas las decisiones en cualquier coyuntura que emita el Tribunal Constitucional, sobre la base de la autonomía de todos los poderes del Estado.

Explicó que tan pronto se analice el texto original del fallo el Gobierno adoptará una posición oficial de cara a los organismos internacionales, específicamente ante el Sistema Interamericano de los Derechos Humanos. Señaló que en su momento el Estado dominicano anunciará las medidas que adoptará.

Dijo que el equipo técnico de la Cancillería evaluó los diferentes escenarios que se podrían presentar bajo las expectativas generadas por la decisión de Tribunal Constitucional y garantizó que el país está preparado para abordar cualquiera de estos escenarios

"Una vez estudiemos el texto original del fallo, pues daremos cuenta al país de cuáles son las medidas que el Gobierno dominicano va a tomar frente a esta coyuntura", dijo Navarro.

Hipólito Mejía lo rechaza

El ex presidente Hipólito Mejía declaró anoche que la sentencia 256-14 del Tribunal Constitucional fue prejuiciada, y se opuso a que el país se desligue de la Corte Interamericana de los Derecho Humanos (CIDH).
"Eso lo firmó Leonel Fernández en el año 1999. Y todas las resoluciones y las condenas que hay contra el país ¿qué se puede hacer con eso? Creo que es una falta de responsabilidad que no se puede permitir.
No debemos ser mezquinos, tenemos que respetar eso, y si alguien nos acusa de algo tenemos que respetar".
Hipólito Mejía conversó con los periodistas luego de participar en un encuentro con activistas comunitarios y seguidores de su proyecto político en el ensanche Luperón.
El acto fue organizado por el Proyecto H16, que coordina Jesús Feris Iglesias.
El ex presidente retomó los contactos con seguidores y encabezó el encuentro con del PRM de la Circunscripción 3.



Jorge Prats ve peligro de salir de la CIDH

El jurista Eduardo Jorge Prats, considera que si el Tribunal Constitucional decide declarar la incompetencia de la CIDH vulneraría la Constitución y eso representaría un grave retroceso para el país porque se aislaría de sus principales socios comerciales que son Estados Unidos y Europa.

Recomendó que antes de adoptar esa medida es preferible que el país someta un recurso "de interpretación" ante la CIDH.

Dijo que los tratados sobre derechos humanos firmados por el país son normas supremas y vinculan al resto del ordenamiento jurídico y debe sujetarse a ellos como a la propia Constitución. "De allí que todo acto del poder público que viole o menoscabe los derechos garantizados en los tratados sobre derechos humanos es nulo; y los funcionarios públicos que lo ordenen o ejecuten incurren en responsabilidad".

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Angelina y Brad se casaron en Navidad, según un diario británico

Angelina Jolie y Brad Pitt se casaron en Navidad. Al menos eso es lo que dice el periódico británico “Telegraph”.

Según la publicación, los dos actores se casaron la semana pasada en el archipiélago de Turcos y Caicos, en el Caribe.

La pareja, que anunció su compromiso en abril de 2012, después de siete años juntos, estaba de vacaciones en la casa de la diseñadora Donna Karan en Parrot Cay, con sus seis hijos. No sólo eso, sino que la pareja de Hollywood todavía estaba junto con los padres y hermanos de Brad.

Los representantes de los actores no fueron encontradas por el diario para hacer comentarios; sin embargo, se cree que se realizó una pequeña ceremonia con la familia en el lugar, que cuenta con una arquitectura inspirada en los estilos indonesio y africano.

En varias ocasiones, la pareja de actores a los que llaman “Brangelina” había pospuesto el enlace. (labotana.com)